ACTIVIDAD 4.1
Sociedad de la información y educación por
competencias
1. Explica
el origen del discurso/paradigma de la educación por competencias y su relación
con la sociedad de la información
·
Orden cronológico de los principales hitos en la política de
las instituciones internacionales, europeas y nacionales sobre la
educación por competencias.
1.
Conferencia
Mundial 1990
2.
Informe
Delors 1996
3.
DeSeCo ,
OCDE 1996- 2006
4.
Proyecto
CHEERS 1997
5.
Declaración
de Bolonia 1999
6.
Conferencia
de Lisboa 2000
7.
7. Foro
Mundial sobre la Educación de Dakar y Cumbre extraordinaria del Consejo de
Europa que se llevó a cabo en Europa 2000
8.
Futuros
objetivos precisos 2001
9.
Proycto
Tuning 2003
10. LOE 2006
11. Programa de Trabajo "Educació y
Formación 2010" UE 2010
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¿Cuándo tuvo lugar?
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¿Qué es?
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¿Cuál es su finalidad?
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Coferencia
Mundial
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Jomtien, Tailandia, marzo de 1990
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La Declaración Mundial sobre Educación para
Todos y el Marco de Acción para Satisfacer las Necesidades
Básicas de
Aprendizaje
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La finalidad era hacer que la enseñanza
primaria fuera accesible para todos los niños y reducir el analfabetistmo.
Además el
marco de acción para satisfacer las Necesidades Básicas de Aprendizaje
definió una serie de metas (universalizar el acceso
al aprendizaje; - fomento de la equidad; - prestar atención prioritaria a los
resultados del aprendizaje; - ampliación de los medios y el alcance de la
educación básica; - mejora del entorno del aprendizaje; y - fortalecer la
concentración de alianzas para el año 2000 )
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DeSeCo ,
OCDE
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Proyecto promovido y desarrollado por la OCDE en 1996-2006
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Proyecto sobre Competencias en el Contexto de la OCDE
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Establecer
un marco para la evaluación de las competencias clave. Está vinculado al
proyecto INES (para la determinación de
indicadores
de calidad en la educación) como al Proyecto PISA (evaluación de los
estudiantes).
La
finalidad de este proyecto es dotar a los países que componen la OCDE de un
marco teórico y conceptual para definir y seleccionar competencias clave. Los
responsables del Proyecto DeSeCo proponen una definición del término
competencia basada en dos perspectivas: una externa y otra interna.
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Proyecto
CHEERS
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Realizado en 1997
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Encuesta entre 12 países (Alemania, Austria,España,Finlandia,
Francia, Holanda, Italia, Noruega, el Reino Unido, la República Checa,
Suecia y Japón)(Career alter higher
education: a European Research Study)
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Llevar a
cabo una encuesta entre 12 países (Alemana,
Austria, España, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Noruega, el Reino Unido,
la República Checa, Suecia y Japón) para
conocer la situación laboral de los universitarios al haber acabado la
carrera, el grado de satisfación con su trabajo y con los estudios
realizados, y analizar los recientes cambios y retos de futuro.
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LOE
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En 2006
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Ley Orgánica de Educación
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1. Conseguir el desarrollo e igualdad de oportunidades mediante
la calidad y equidad (repartición equitativa del alumnado en centros)
2.
El éxito es fruto del alumno y de la comunidad
educativa - necesidad de la participación.
3. Convergencia del sistema educativo con los objetivos
comunes de la UE, lo que nos permitirá preparar la sociedad del conocimiento.
Para lo cual, debemos capacitar mejor al profesorado en las nuevas
tecnologías.
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Programa de Trabajo "Educación y Formación"
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14 de febrero de 2010
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Programa de trabajo detallado para el seguimiento de los
objetivos concretos de los sistemas de educación y formación en Europa.
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- Mejorar la calidad y la eficacia de los sistemas de educación
y formación en la UE;
- Facilitar el acceso de todos a los sistemas de educación y
formación;
- Abrir los sistemas de educación y formación al mundo exterior.
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En la
pedagogía el concepto de competencias es totalmente nuevo. El enfoque de
competencias surgió para hacer más eficientes las actividades realizadas por
los trabajadores.
Los primeros
países que empezaron a utilizar el término competencias, son los de la OCDE.
Fue sobre la
década de los 90 cuando se comenzó a investigar sobre el aprendizaje por
competencias. Uno de ellos fue México en el que apareció la educación por
competencias para vincular el sector productivo con
la escuela, especialmente con los niveles profesional y la preparación para el
empleo”.
Tras
varias investigaciones, se llevaron a cabo diferentes publicaciones sobre
distintos proyectos, por ejemplo la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económico (OCDE) crea a finales de 1997 un proyecto denominado
DeSeCo (Definition and Selection of Competencies) que sirve como fuente de
información para identificar las competencias clave y fortalecer las encuestas
internacionales que midan el nivel de competencia de jóvenes y de los adultos.
También, el Foro Mundial sobre la educación en Dakar (año 2000) para que las
personas puedan tener una formación que responda a las necesidades educativas
fudamentales, el cual, representa un compromiso colectivo para una educación
para todos.
La
Cumbre Extraordinaria del Consejo de Europa de Lisboa en el año 2000 también,
reconoce la adaptación a la globalización y propone la identificación de las
competencias básicas para garantizar el acceso al aprendizaje en la sociedad de
la innovación y el conocimiento, haciendo hincapié en que todo ciudadano deberá
poseer la formación necesaria para vivir y trabajar en la sociedad de la información.
Para la mejora del dominio de éstas competencias básicas se realizó el programa
de trabajo "Educación y formación 2010".
Nos
hallamos ante una sociedad de la información emergente, impulsada por el
desarrollo de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC),
fruto de los grandes desarrollos y avances científicos y tecnológicos que en un
marco universal y globalizador integran y afectan a todas las facetas de
nuestra vida. Ello conlleva una modificación
de
nuestros hábitos, de la actividad laboral, social y cultural, pero también la
educativa, por supuesto.
Analizada
la trayectoria que ha ido teniendo durante estos últimos años la necesidad del
establecimiento
de un nuevo diseño curricular que contemple unas competencias básicas, como
elemento imprescindible para la formación de los ciudadanos, se precisa la
necesidad de replantearse el currículo, para establecerlo más globalizador e
integrador.
En
esta línea la Comisión Europea de Educación establece unas competencias clave
para sustentar el desarrollo personal, la inclusión social y la ciudadanía
activa y el empleo.
Las
competencias clave a las que hace referencia el documento sobre “Competencias
clave
para el aprendizaje permanente, un marco de referencia europeo (2005)”, son las
siguientes:
1.
Comunicación
en lengua materna.
2.
Comunicación
en lenguas extranjeras.
3.
Competencia
matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
4.
Competencia
digital.
5.
Aprender
a aprender.
6.
Competencias
interpersonales, interculturales y sociales, y competencia cívica
7.
Espíritu
de empresa.
8.
Expresión
cultural.
2.- Explica cómo se ha ido
incorporando la educación por competencias en nuestra legislación educativa.
2.1.
Competencias básicas
Definición
de competencias: Las competencias son capacidades para aplicar de forma
integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el
fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de
problemas complejos.
La primera
aparición del concepto “competencias básicas”, se remonta al año 2000 tras el
Consejo Europeo de Lisboa, en el que por primera vez se hace mención a la
necesidad de que los alumnos adquirieran las nuevas competencias básicas, con
las que se ofrecerían mejores oportunidades de aprendizaje para todos los
alumnos de todas las edades y niveles educativos.
La idea de
introducir las competencias básicas en los currículo escolar, asegurará que el
alumnado, en general, sin ninguna distinción por raza, sexo, edad, nivel
socioeconómico,... reciba una serie de saberes y conocimientos, considerados
imprescindibles para vivir en la sociedad actual, permitiéndole así convertirse
en un ciudadano capaz de desenvolverse en el contexto social.
Tras DeSeCo,
las nuevas leyes educativas han apostado por incluir y destacar la importancia
de las competencias básicas en el currículum escolar. Entendiéndolas como
capacidades interiorizadas a lo largo de la vida de una persona, que le
permiten utilizar todo su saber y sus habilidades y recursos personales,
sociales y contextuales para desenvolverse en la sociedad donde vive.
Legislación
LOE Real Decreto 1513/2006. Anexo 1 en el que se establecen las competencias
básicas para primaria.
La
incorporación de competencias básicas al currículo permite poner el acento en
aquellos aprendizajes que se consideran imprescindibles, desde un planteamiento
integrador y orientado a la aplicación de los saberes adquiridos. De ahí su
carácter básico. Son aquellas competencias que debe haber desarrollado una
persona al finalizar la enseñanza obligatoria para poder lograr su realización
personal, ejercer la ciudadanía activa, incorporarse a la vida adulta de manera
satisfactoria y ser capaz de desarrollar un aprendizaje permanente a lo largo
de la vida.
La inclusión
de las competencias básicas en el currículo tiene varias finalidades:
1.
En primer
lugar, integrar los diferentes aprendizajes, tanto los formales, incorporados a
las diferentes áreas o materias, como los informales y no formales.
2.
En segundo
lugar, permitir a los estudiantes integrar sus aprendizajes, ponerlos en
relación con distintos tipos de contenidos y utilizarlos de manera efectiva
cuando les resulten necesarios en diferentes situaciones y contextos.
3.
Por último, orientar la enseñanza, al permitir
identificar los contenidos y los criterios de evaluación que tienen carácter
imprescindible.
A través de
las áreas y materias del currículo se pretende que los alumnos alcancen tanto
los objetivos educativos como las competencias básicas. Cada área contribuye al
desarrollo de diferentes competencias así como cada competencia se alcanza
trabajando en varias materias o áreas.
Al finalizar
la etapa de Educación obligaoria, los alumnos tendrán que haber alcanzado las
competencias básicas. Por tanto, su desarrollo deberá iniciarse desde el
comienzo de la escolarización para así adquirirlas de una forma progresiva y
coherente.
Artículo 6.
Competencias básicas. LOE
1. En el
Anexo I del presente real decreto se fijan las competencias básicas que se
deberán adquirir en la ense- ñanza básica y a cuyo logro deberá contribuir la
educación primaria.
2. Las
enseñanzas mínimas que establece este real decreto contribuyen a garantizar el
desarrollo de las competencias básicas. Los currículos establecidos por las
administraciones educativas y la concreción de los mismos que los centros
realicen en sus proyectos educativos se orientarán, asimismo, a facilitar el
desarrollo de dichas competencias.
3. La
organización y funcionamiento de los centros, las actividades docentes, las
formas de relación que se establezcan entre los integrantes de la comunidad
educativa y las actividades complementarias y extraescolares pueden facilitar
también el desarrollo de las competencias básicas.
4. La
lectura constituye un factor fundamental para el desarrollo de las competencias
básicas. Los centros, al organizar su práctica docente, deberán garantizar la
incorporación de un tiempo diario de lectura, no inferior a treinta minutos, a
lo largo de todos los cursos de la etapa.
Las
competencias del currículo según la LOE son las siguientes:
1.
Competencia en comunicación lingüística.
2.
Competencia matemática.
3.
Competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico.
4.
Tratamiento de la información y competencia digital.
5.
Competencia social y ciudadana.
6.
Competencia cultural y artística.
7.
Competencia para aprender a aprender.
8.
Autonomía e iniciativa personal.
2.2.-
Competencias clave LOMCE
Las
competencias son un elemento curricular con la misma categoría que los
objetivos, contenidos, metodologías, y los criterios de evaluación.
Esto es así especialmente, porque España ha de cumplir con
la Recomendación del Parlamento Europeo del 2006, en el horizonte del
compromiso del 2020.
Han pasado
ocho años y quedan seis para que la integración de las competencias en las
aulas sea una realidad. Muy complicado de cumplir. Hace casi 30 años, la UNESCO
ya estableció los principios precursores de las competencias definiendo los
cuatro pilares troncales de la educación del siglo XXI: “aprender a conocer, a
hacer, a ser y a convivir”. En el 2003, el estudio DeSeCo definió y seleccionó
las competencias clave para los países de la Unión Europea.
El MEC tiene
previsto publicar una extensa orden que define y explica las siete competencias
clave con sus descriptores, metodologías y evaluación desarrollando el Real
Decreto 126/2014 que ya ha establecido el currículo básico de la Educación
Primaria para todo el Estado.
Así se están
tratando, a modo de ejemplo, en el desarrollo normativo de Aragón los
postulados teóricos europeos del aprendizaje por competencias en un marco
general de transversalidad y un carácter integrado y globalizado:
1.- Las
competencias clave se recogen como el elemento esencial del nuevo currículo
LOMCE.
2.- Los
catorce Objetivos Generales de la Educación Primaria se relacionan con las
siete competencias clave (CC).
3.- Las
competencias clave deben desarrollarse en la Educación Primaria y adquirirse al
final de la ESO.
4.- La
evaluación del grado de desarrollo y desempeño de las competencias forma parte
de la evaluación continua, de final de Etapa y de las pruebas externas
construidas desde los estándares de aprendizaje.
5.- Los
dieciocho principios metodológicos de la normativa de Argón “instan
formalmente” al trabajo competencial global en las aulas.
Legislación
LOMCE Real Decreto 126/2014
Las
competencias del currículo según la LOMCE serán las siguientes:
1.
Comunicación
lingüística.
2. Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
3. Competencia digital.
4. Aprender a aprender.
5. Competencias sociales y cívicas.
6. Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.
7. Conciencia y expresiones culturales.
2. Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
3. Competencia digital.
4. Aprender a aprender.
5. Competencias sociales y cívicas.
6. Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.
7. Conciencia y expresiones culturales.
Para una adquisición eficaz de las
competencias y su integración efectiva en el currículo, deberán diseñarse
actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado avanzar hacia
los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo. Se
potenciará el desarrollo de las competencias Comunicación lingüística,
Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
Artículo 3. Distribución
de competencias.
En Educación
Primaria, las asignaturas se agruparán en tres bloques, de asignaturas
troncales, de asignaturas específicas, y de asignaturas de libre configuración
autonómica, sobre los que el Gobierno, el Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte, el resto de Administraciones educativas y los centros docentes
realizarán sus funciones de la siguiente forma:
a) Corresponderá al Gobierno:
- Determinar los contenidos comunes, los estándares de aprendizaje evaluables y el horario lectivo mínimo del bloque de asignaturas troncales.
- Determinar los estándares de aprendizaje evaluables relativos a los contenidos del bloque de asignaturas específicas.
- Determinar los criterios de evaluación del logro de los objetivos de las enseñanzas y etapas educativas y del grado de adquisición de las competencias correspondientes, así como las características generales de las pruebas en relación con la evaluación final de Educación Primaria.
b) Dentro de la regulación y límites
establecidos por el Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte, de acuerdo con los apartados anteriores, las Administraciones
educativas podrán:
- Complementar los contenidos del bloque de asignaturas troncales.
- Establecer los contenidos de los bloques de asignaturas específicas y de libre configuración autonómica.
- Realizar recomendaciones de metodología didáctica para los centros docentes de su competencia.
- Fijar el horario lectivo máximo correspondiente a los contenidos de las asignaturas del bloque de asignaturas troncales
- Fijar el horario correspondiente a los contenidos de las asignaturas de los bloques de asignaturas específicas y de libre configuración autonómica.
- En relación con la evaluación durante la etapa, complementar los criterios de evaluación relativos a los bloques de asignaturas troncales y específicas, y establecer los criterios de evaluación del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica.
- Establecer los estándares de aprendizaje evaluables relativos a los contenidos del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica.
c) Dentro de
la regulación y límites establecidos por las Administraciones educativas de
acuerdo con los apartados anteriores, y en función de la programación de la
oferta educativa que establezca cada Administración educativa, los centros
docentes podrán:
- Complementar los contenidos de los bloques de asignaturas troncales, específicas y de libre configuración autonómica y configurar su oferta formativa.
- Diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos propios.
- Determinar la carga horaria correspondiente a las diferentes asignaturas. Las Administraciones educativas fomentarán y potenciarán la autonomía de los centros, evaluarán sus resultados y aplicarán los oportunos planes de actuación. Los centros docentes desarrollarán y complementarán, en su caso, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía
BIBLIOGRAFÍA:
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·
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·
Cortés Alegre, A. (2014, 06). El nuevo
currículo LOMCE y el trabajo por competencias. Recuperado 05,2015.
CRISTINA
POVEDA LERÍN
PAULA
MARTÍNEZ BACHILLER
2ºPRIMARIA
A
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